Contrato indefinido - derechos, despido y qué revisar

Mateo Zelaya .

25 de septiembre de 2026

¿Te pueden despedir estando de baja con contrato indefinido? Explica que sí, pero no por la baja en sí, sino por causas reales y si se vulneran derechos.

Te ofrecen un puesto estable, pero antes de firmar quieres saber qué implica realmente y qué margen tiene la empresa para poner fin a la relación laboral. El contrato indefinido no garantiza trabajar hasta la jubilación, aunque sí elimina una fecha de finalización prevista y ofrece un marco de derechos más estable. Aquí explico sus modalidades, el periodo de prueba, la jornada, el despido, las indemnizaciones y los puntos que conviene revisar antes de aceptar.

La estabilidad depende también de la letra pequeña del contrato

  • Sin fecha final: la relación laboral continúa mientras no exista una causa legal de extinción.
  • Tres formatos: puede ser a jornada completa, parcial o fijo-discontinuo.
  • Periodo de prueba: debe pactarse por escrito y respetar los límites legales o del convenio.
  • Despido: la indemnización depende de la causa y de que sea procedente o improcedente.
  • Revisión esencial: salario, convenio, jornada, funciones, centro de trabajo y antigüedad deben quedar claros.

¿Te pueden despedir estando de baja con contrato indefinido? Sí, pero la causa real del despido es clave.

Qué significa tener una relación laboral indefinida

La característica principal es sencilla: no se fija una fecha concreta para terminar la prestación de servicios. Según el SEPE, esta modalidad puede formalizarse a jornada completa, jornada parcial o como fijo-discontinuo, por lo que la palabra “indefinido” no describe por sí sola el número de horas ni la continuidad diaria del trabajo.

Eso sí, estabilidad no significa permanencia absoluta. La empresa puede despedir si existe una causa y sigue el procedimiento correspondiente, y la persona trabajadora también puede dimitir. La diferencia importante frente a un contrato temporal es que no termina automáticamente cuando llega una fecha.

La relación incluye los derechos ordinarios de cualquier persona trabajadora por cuenta ajena. Entre ellos están el salario pactado, la cotización a la Seguridad Social, las vacaciones, los descansos, la protección frente a riesgos laborales y la aplicación del convenio colectivo que corresponda.

En mi opinión, el error más habitual consiste en aceptar la palabra “indefinido” como si fuera suficiente para valorar una oferta. Un puesto indefinido con salario inferior al convenio, funciones indefinidas o una jornada mal concretada puede ser menos interesante que otra oferta temporal con mejores condiciones reales.

Las modalidades que puedes encontrar

Jornada completa

Es la opción más habitual cuando se trabaja durante la jornada ordinaria prevista para el puesto y el convenio. El contrato debe indicar el puesto, el salario, la jornada, la distribución horaria y el convenio aplicable. La jornada máxima legal de referencia es de 40 horas semanales de promedio anual, aunque el convenio puede establecer una jornada inferior.

Jornada parcial

Existe cuando se trabajan menos horas que una persona comparable a tiempo completo. El documento debe recoger el número de horas contratadas y su distribución, ya sea por día, semana, mes o año. Si esa información obligatoria no aparece, el contrato puede presumirse celebrado a jornada completa salvo que la empresa pruebe lo contrario.

La jornada parcial puede ser una buena solución para compatibilizar empleo, estudios, cuidados u otra actividad. Yo revisaría especialmente si el horario es estable o si incluye disponibilidad amplia, porque una jornada reducida pierde parte de su ventaja cuando la empresa pretende modificarla constantemente.

Fijo-discontinuo

Esta modalidad también es indefinida, pero el trabajo se presta durante periodos de actividad que se repiten o que son intermitentes. Se utiliza, por ejemplo, en campañas agrícolas, determinados servicios vinculados al turismo, actividades estacionales o contratas previsibles de la actividad ordinaria.

No significa trabajar todos los meses del año. Durante los periodos de inactividad no se extingue necesariamente la relación laboral, sino que se espera el siguiente llamamiento, es decir, la comunicación por la que la empresa indica cuándo y en qué condiciones debe producirse la reincorporación.

El contrato debe explicar la duración estimada de la actividad, la jornada orientativa y los criterios de llamamiento establecidos por el convenio o el acuerdo de empresa. Si no se respeta el orden o la forma de llamamiento, conviene conservar mensajes, calendarios y comunicaciones, porque pueden ser relevantes para reclamar.

Qué debe aparecer antes de firmar

Aunque algunas relaciones indefinidas pueden formalizarse verbalmente, la opción prudente es exigir siempre un documento escrito. Es obligatorio por escrito, entre otros casos, cuando se trata de trabajo a tiempo parcial, fijo-discontinuo, trabajo a distancia o determinadas contrataciones con cláusulas especiales.

El SEPE indica que el contenido del contrato debe comunicarse a la oficina pública de empleo en un plazo de 10 días desde su celebración. Como trabajador, no tienes que realizar personalmente esa comunicación, pero sí puedes pedir una copia completa y comprobar que coincide con lo que se acordó durante el proceso de selección.

Antes de firmar, yo comprobaría estos elementos:

  • Puesto y funciones: deben corresponderse con la categoría profesional y con el trabajo que realmente vas a realizar.
  • Salario bruto: revisa si se expresa en 12 o 14 pagas, qué complementos incluye y si existe retribución variable.
  • Jornada y horario: comprueba la distribución semanal, los turnos, la disponibilidad y las horas complementarias.
  • Convenio colectivo: determina buena parte de tus derechos económicos, descansos, clasificación y periodo de prueba.
  • Centro de trabajo: es importante si la empresa puede plantear desplazamientos o movilidad geográfica.
  • Periodo de prueba: debe aparecer por escrito y no puede superar los límites aplicables.
  • Fecha de inicio y antigüedad: guarda especial atención si antes trabajabas para la misma empresa con otro contrato.

El periodo de prueba no es un trámite menor

Si el convenio no establece otro límite, el periodo de prueba no puede superar seis meses para técnicos titulados ni dos meses para el resto de trabajadores. En empresas de menos de 25 personas, el límite general para quienes no sean técnicos titulados es de tres meses.

Durante ese periodo tienes los derechos y obligaciones del puesto, pero cualquiera de las partes puede resolver la relación sin necesidad de alegar una causa ordinaria ni pagar la indemnización propia de un despido. El pacto debe constar por escrito y no es válido si ya habías desempeñado las mismas funciones en la empresa.

Una vez superada la prueba, ese tiempo cuenta para la antigüedad. Si la empresa intenta reiniciar el periodo de prueba al cambiarte de modalidad contractual o después de haberte tenido realizando las mismas tareas, conviene revisar el caso con la representación legal de los trabajadores o con un profesional laboralista.

Qué derechos aporta frente a un contrato temporal

La principal ventaja es que no existe una fecha de finalización que obligue a renegociar la continuidad. Esa estabilidad facilita planificar ingresos, solicitar financiación y construir una trayectoria profesional, aunque no elimina el riesgo de despido ni garantiza una promoción.

Desde la reforma laboral, el contrato temporal solo puede utilizarse cuando existe una causa concreta, como determinadas circunstancias de la producción o la sustitución de otra persona trabajadora. La regla general es que la contratación se presume por tiempo indefinido y la temporalidad debe estar justificada y explicada con precisión.

Aspecto Relación indefinida Relación temporal
Duración No tiene fecha final prevista Está vinculada a una causa y duración concretas
Finalización automática No Puede producirse al terminar la causa o el plazo legal
Jornada Completa, parcial o fijo-discontinua Completa o parcial, según la modalidad
Indemnización al finalizar Depende de la causa de extinción Puede existir una compensación al finalizar, salvo excepciones
Conversión Es la forma ordinaria de estabilidad Puede transformarse si se incumplen los límites o la causa legal

La diferencia económica al terminar también puede ser relevante. Un contrato temporal finalizado correctamente puede generar una indemnización de 12 días de salario por año trabajado, mientras que un contrato indefinido no tiene una compensación automática por el simple hecho de finalizar: todo depende de si hay despido objetivo, disciplinario, improcedente, dimisión o acuerdo.

Cómo puede terminar y qué indemnización corresponde

Una relación indefinida puede finalizar por dimisión, mutuo acuerdo, jubilación, incapacidad, despido u otras causas previstas legalmente. El finiquito debe incluir las cantidades pendientes, como salario, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extraordinarias, pero finiquito e indemnización no son lo mismo.

Despido por causas objetivas

Cuando concurren causas económicas, técnicas, organizativas o productivas y se cumplen los requisitos legales, la indemnización ordinaria es de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. La comunicación debe ser escrita, explicar la causa y respetar, como regla general, un preaviso de 15 días.

Despido disciplinario

Se utiliza ante incumplimientos graves y culpables, como determinadas faltas repetidas, indisciplina o transgresión de la buena fe. Si se declara procedente, normalmente no genera indemnización, aunque sí corresponde el finiquito. Si no se acredita correctamente la causa o la forma, puede ser declarado improcedente.

Lee también: ¿Se pagan los días de reposo? Guía completa en España

Despido improcedente

Cuando el despido se declara improcedente, la empresa puede optar entre readmitir a la persona trabajadora o pagar una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 pueden existir reglas transitorias de cálculo.

Si recibes una carta de despido y no estás de acuerdo, no conviene dejar pasar el tiempo. El plazo general para impugnarlo es de 20 días hábiles, por lo que es recomendable consultar rápidamente con un sindicato, graduado social, abogado laboralista o servicio de orientación laboral.

Errores frecuentes al aceptar una oferta indefinida

El primer error es no distinguir entre salario bruto y salario neto. La cifra que aparece en la oferta suele ser bruta, y el importe que llega a la cuenta dependerá de las cotizaciones, la retención fiscal, las pagas y los complementos.

También es arriesgado firmar sin leer el convenio colectivo. El convenio puede cambiar el salario mínimo aplicable, los grupos profesionales, los turnos, los pluses, las vacaciones y la duración del periodo de prueba. En puestos de administración, atención al público o logística, esta revisión puede modificar bastante la valoración final de la oferta.

Otro problema aparece cuando la empresa anuncia un puesto indefinido pero lo vincula a una jornada o disponibilidad que no se ha explicado. Si el horario, el centro de trabajo o las funciones pueden variar, pide que los límites queden documentados. Lo que no se concreta suele convertirse en una fuente de conflictos.

  • No confundas contrato indefinido con empleo garantizado para siempre.
  • No aceptes un periodo de prueba superior al permitido por la ley o el convenio.
  • No firmes una jornada parcial sin comprobar el número exacto de horas.
  • No ignores el régimen de llamamientos si el puesto es fijo-discontinuo.
  • No firmes una baja voluntaria si la empresa realmente está poniendo fin a la relación.

La mejor decisión empieza antes de poner la firma

Para valorar una oferta, yo no me quedaría únicamente con la etiqueta de indefinida. Compararía el salario anual, el convenio, la jornada real, el horario, la distancia al centro de trabajo, las posibilidades de formación y la estabilidad financiera de la empresa.

La modalidad es especialmente interesante cuando combina duración estable, funciones claras y condiciones transparentes. Si alguno de esos elementos falta, pide explicaciones por escrito antes de incorporarte. Una decisión laboral bien informada no depende solo de cuánto dura el contrato, sino de cómo se trabaja durante ese tiempo.

Este artículo tiene un carácter exclusivamente informativo y educativo. El material se ha elaborado con el apoyo de modernas herramientas analíticas y lingüísticas (IA). Antes de tomar una decisión, consulte a un experto.

Preguntas frecuentes

Puede ser a jornada completa, a jornada parcial o fijo-discontinuo. La jornada parcial debe indicar las horas y su distribución, mientras que el fijo-discontinuo se desarrolla en periodos de actividad y depende del llamamiento de la empresa.
Comprueba el puesto y las funciones, el salario bruto y sus pagas, la jornada y el horario, el convenio colectivo, el centro de trabajo, el periodo de prueba y la fecha de inicio o antigüedad. En los contratos a tiempo parcial también deben constar el número exacto de horas y su distribución.
Si el convenio no fija otro límite, puede durar hasta seis meses para técnicos titulados y hasta dos meses para el resto. En empresas de menos de 25 personas, el límite general para quienes no sean técnicos titulados es de tres meses. Debe pactarse por escrito y no es válido si ya se realizaron las mismas funciones en la empresa.
Depende de la causa. El despido objetivo genera, con carácter general, 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. El despido disciplinario procedente no suele generar indemnización, y el improcedente puede dar lugar a 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades. El finiquito es distinto e incluye cantidades pendientes como salario, vacaciones y pagas extraordinarias.
El plazo general es de 20 días hábiles desde el despido. Conviene conservar la carta y consultar rápidamente con un sindicato, graduado social, abogado laboralista o servicio de orientación laboral.
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Autor Mateo Zelaya
Mateo Zelaya
Nací Mateo Zelaya y tengo 6 años de experiencia en el ámbito de la formación, el empleo y las oposiciones públicas. Desde mis inicios, me he sentido atraído por la importancia de la educación y las oportunidades laborales, lo que me llevó a profundizar en estos temas. Me gusta ayudar a las personas a entender mejor el proceso de preparación para oposiciones y la búsqueda de empleo, desglosando conceptos complejos y ofreciendo información clara y accesible. A lo largo de mi trayectoria, he trabajado en diversas áreas relacionadas, desde la elaboración de guías prácticas hasta la investigación de tendencias actuales en el mercado laboral. Siempre me esfuerzo por comprobar las fuentes y comparar información para asegurarme de que lo que comparto sea útil, preciso y relevante. Mi compromiso es brindar contenido que no solo informe, sino que también empodere a quienes buscan mejorar su futuro profesional.
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